¿Eres pensionista? Hacienda te dará 4.000 euros si tu nombre está en esta lista

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que la Agencia Tributaria debe devolver hasta 4.000 euros a los pensionistas que pagaron de más en el IRPF entre 1967 y 1978 antes de que acabe el año. El tribunal ha dado la razón a las personas que se quejan de esta situación.

Las devoluciones van dirigidas a los pensionistas que pagaron de más cuando trabajaban en la construcción, los astilleros, la pesca o la banca. Se calcula que unos 5 millones de personas se vieron afectadas por este error. Se trata de personas mayores de 65 años, y muchas de ellas tienen más de 80. Sin embargo, solo podrán reclamar los periodos que no hayan vencido. No todos los pensionistas están afectados.

En una sentencia de febrero de 2023, el Tribunal Supremo dijo que las personas que reciben prestaciones de jubilación o invalidez por aportaciones a cualquier fondo de inversión realizadas entre 1967 y 1978 pueden reclamar el IRPF de más que hayan pagado. Pueden pedir una devolución mayor por los ingresos indebidos que realizaron.

Según un informe del despacho de abogados y economistas Escura, estos trabajadores, de diversos sectores, estaban afiliados a mutualidades laborales, por lo que pagaban más impuestos y tenían derecho a ser indemnizados.

Escura asegura que, por lo que han decidido el Tribunal Supremo y otros tribunales, miles de jubilados afectados pueden pedir la devolución de su dinero de los últimos años no prescritos (2019-2022) y utilizar las nuevas reglas en los siguientes ejercicios. También dicen que los herederos pueden pedirlo. Los afectados tenían derecho a reducciones fiscales en su base imponible, con un 100% hasta el 31 de diciembre de 1966, y un 25% entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Sin embargo, por un error de la Agencia Tributaria, se les aplicó una cotización íntegra del 100% en ambos periodos. Los tribunales coincidieron en que era demasiado, y la Agencia Tributaria ha tenido que devolver el exceso. En otra sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2023 sobre los mutualistas de banca, se decía que “las aportaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que fuera su naturaleza jurídica, no eran susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF por la legislación vigente en cada momento, por lo que procede acogerse a la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública de jubilación percibida de la Seguridad Social, integrándose en la base imponible el 75% del importe de las prestaciones de jubilación o invalidez percibidas”.

Para recuperar tu dinero, puedes solicitarlo mediante un formulario en la web de la Agencia Tributaria.